domingo, 16 de marzo de 2008

Ayer se festejo el Día Mundial de los Derechos del Consumidor

Los derechos como consumidor están amparados por el artículo 42 de la Constitución Nacional y por la Ley Nacional N° 24240 de Defensa del Consumidor • En Paraná, la Municipalidad montó un stand especial en la Peatonal, con distintas actividades y promociones para concientizar e informar sobre el tema • Ángel Zacarías, responsable de la delegación municipal, confirmó que el rubro de demandas, desde hace cuatro años, es encabezado por la telefonía celular, "por el incumplimiento de garantías y/o la falta de la prestación de lo pautado por el servicio" • Detrás, aparece el rubro electrodomésticos.
La fecha fue instaurada para conmemorar el célebre discurso que en esa fecha, pero del año 1962, el presidente John Kennedy dirigió al Congreso de los Estados Unidos, reconociendo los derechos de los consumidores y la necesidad de una política estatal para garantizarlos.
Los derechos como consumidor están amparados por el Art. 42 de la Constitución Nacional y por la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor.
La norma regula, entre otras, las condiciones de venta y oferta; la información que debe ofrecerse al consumidor acerca de los productos o los servicios; las condiciones que debe reunir el manual de instalación y uso de los mismos; la seguridad que deben tener; los efectos de la publicidad; la responsabilidad ante el consumidor en caso de que este sufra un daño como consecuencia de la falla del producto o prestación del servicio; las condiciones para la reparación de artefactos; la responsabilidad por daños.
En caso de presunta infracción a esta ley, el consumidor perjudicado deberá presentar una nota describiendo los hechos que dan origen a la denuncia; documento que acredite el vínculo de consumo (factura, recibo, presupuesto, remito), original y fotocopia; toda documentación que corrobore los dichos y hecho denunciado (reclamos anteriores, promociones, folletos, garantía, publicidad gráfica, etc.), original y fotocopia. Y por supuesto, completar una planilla que le será proporcionada en la oficina de denuncias.
El trámite es personal, aunque existe la posibilidad de actuar a través de un representante. Para ello es necesario suscribir un acta poder, en forma gratuita, ante la Dirección de Defensa del Consumidor o Policía; o bien hacerlo ante Escribano Público. El consumidor tiene tres años, contando a partir de producido el incumplimiento, para formular la denuncia ante el área de Defensa del Consumidor -vale recordar que la facultad del organismo municipal llega hasta la mediación de partes, en tanto el proceso legal de no prosperar un acuerdo, ya es encauzado desde la Provincia-.

A dónde acudir
En Paraná, el organismo de Defensa del Consumidor municipal funciona en calle 25 de Mayo 128 y el teléfono para realizar cualquier tipo de trámites, consultas o denuncias al respecto, es el 0-800-555-5566, en el horario de 7 a 13.

Conocé tus derechos y hacelos respetar
Usted tiene derecho a una información veraz, completa y adecuada de los bienes y servicios que se ofrecen. Recuerde, la publicidad obliga al anunciante a cumplir con lo ofrecido.
• Compre en los comercios que exhiben sus precios, así podrá comparar y hacer la mejor elección.
• Solicite siempre las facturas de las compras que realiza. Las necesitará en caso de denuncia o reclamo.
• Al dejar una seña, solicite un recibo: también lo necesitará.
• Antes de firmar un contrato lea detenidamente todas sus cláusulas. No firme documentos que no entienda y/o con espacios en blanco.
• Pida varios presupuestos antes de contratar servicios de reparaciones, compare y elija la mejor propuesta.
• Solicite siempre comprobantes de las operaciones que realice, las necesitará en caso de denuncia o reclamo.
• Usted debe exigir que todo documento de venta contenga: la identificación del proveedor; la identificación del bien o del servicio; el plazo y las condiciones de la entrega, el precio y las condiciones de pago.
• Rechace los productos que no estén identificados correctamente, es decir, los que en su rótulo no tengan marca, origen, firma responsable, composición, cantidad, calidad, fecha de elaboración y vencimiento e instrucciones de uso.
• Si le ofrecen un plan de ahorro y le prometen la entrega inmediata de un bien o de dinero, sin sorteo ni licitación, desconfíe: ningún plan debidamente autorizado puede asegurar su entrega en esas condiciones.
• Las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios están obligadas a informar por escrito sobre las condiciones del servicio que prestan.
Próximamente, les presentaremos un informe con los avances logrados a partir de la sanción de las modificaciones a la Ley 24.240, que están a la espera de ser promulgadas.

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